Estructura de Gestión

Organigrama

El organigrama de FUNDACIÓN TOBÍAS es el siguiente:

ORGANIGRAMA2023-2
Organigrama

El organigrama de FUNDACIÓN TOBÍAS es el siguiente:

organigrama-Fundacion-Tobiasmovil2023
Patronato de la FUNDACIÓN TOBÍAS

El Patronato es el órgano de gobierno y representación de la Fundación a quien corresponde cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio fundacional.  De él dependen jerárquicamente los órganos de gestión.  El Patronato está compuesto por cinco miembros:

  • El Excmo. Sr. Arzobispo de Zaragoza, como presidente de la Fundación.
  • Dos personas designadas por el Sr. Arzobispo de Zaragoza, en representación de la Archidiócesis.
  • Dos personas designadas por la Orden Hospitalaria de la Provincia de San Rafael, en representación de la Orden.

La gestión de la Residencia se encomienda a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Provincia de San Rafael que se encarga de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que afecten a la Fundación y de proponer al Patronato, para su contratación, el personal sanitario, asistencial y de cualquier otra clase que sea preciso al efecto.

Patronato de la FUNDACIÓN TOBÍAS

El Patronato es el órgano de gobierno y representación de la Fundación a quien corresponde cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio fundacional.  De él dependen jerárquicamente los órganos de gestión.  El Patronato está compuesto por cinco miembros:

  • El Excmo. Sr. Arzobispo de Zaragoza, como presidente de la Fundación.
  • Dos personas designadas por el Sr. Arzobispo de Zaragoza, en representación de la Archidiócesis.
  • Dos personas designadas por la Orden Hospitalaria de la Provincia de San Rafael, en representación de la Orden.

La gestión de la Residencia se encomienda a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Provincia de San Rafael que se encarga de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que afecten a la Fundación y de proponer al Patronato, para su contratación, el personal sanitario, asistencial y de cualquier otra clase que sea preciso al efecto.

"RESIDENCIA PARA PERSONAS DEPENDIENTES ATENDIDAS DE MANERA INTEGRAL"